jueves, 9 de octubre de 2008

SOLO ES JUSTICIA

Me había prometido no escribir sobre el tema que ha estado en el tapete en los últimos días, como son los referidos casos de; la señora Vivían Lubrano y Bancredito, pero es la misma Temis, quien me llama como cuando el Día le ruega al Sol que resplandezca para dar luz después de la oscuridad de la noche, pienso que el Ministerio Publico tiene derecho a exponer sus puntos de vistas, a disentir o a estar de acuerdo con la parte civil o con los abogados de la defensa de quienes fungen como imputados en el caso de Bancredito. Lo que a mi entender el Ministerio Publico no puede, ni debe hacer es darse el lujo, en un caso como este, de desistir de la acción penal, es que precisamente en estos momentos, las naciones más poderosa, como EUA y otros Países Europeos, están siendo afectados por la quiebra de Bancos, es obvia la presencia de una falta de regulación.


Luego de que la Suprema Corte de Justicia haya cerrado el caso Baninter con la sentencia definitiva, tomar una decisión como esta, nos lleva a la especulación y a creer que se movieron manos poderosas para esta ordenanza. Y me pregunto; Que persiguen los que dirigen?. ¿Quiénes deberían ser los perseguidores de los crímenes?. Quieren darnos el mensaje de que la prisión no se hizo posible para ciertas personas de esta sociedad?. Si ese es el mensaje con este caso y el de la señora Lubrano lo están logrando. Es importante señalar que en uno de los considerando de este dictamen, se hace mención de que las personas que impulsaron la acción penal no formalizaron ninguna acusación durante el juicio de fondo, ni mostraron interés en esto, no creo que sea yo ni la sociedad que tenga que recordarle a la Procuraduría que parte de la crisis económica que afecto y heredo este país y que viene arrastrando desde entonces, se debe a la mala practica de estos llamados “Ejecutivos Bancarios”, de algunos que ya fueron condenados y otros que faltan por conocerse, o hay que hacer mención del dinero que ha salido de impuestos que pagamos todos los dominicanos y que fue necesario desembolsar para que el país quedara con menor daño del realizado que según experto nos tomara mas de una década poder recuperarnos, O de la intervención en empresas como Segna, como consecuencia de una mala administración, obviamente con pinceladas de mala fe. Si esto no es motivo suficiente para que continuara la acción por parte de la Procuraduría, entonces; ¿Dónde queda el principal objetivo de esta institución?. ¿Cuál es su verdadero fin?. En todo caso si la misma no tiene el fin de perseguir como parte de las atribuciones que le confiere la Ley, creo que se hace necesario que dentro de las reformas que se están conociendo para la modificación de la Carta Magna se incluya la eliminación de la Procuraduría y todas sus leyes que la soportan, ya que obviamente esta no representa nada, ni aporta nada para la sanciones que la sociedad exige.

En el caso de la señora Vivían Lubrano, el ministerio publico acogió el pedimento de la defensa de que se le conceda arresto domiciliario, yo quiero hacer notar aquí la función principal del juez ejecutor de la pena, estoy seguro sin temor a equivocarme que es hacer cumplir las sentencias y todo lo que esta ordene, aquí no hay interpretación de ninguna naturaleza, si el Código solo contempla algunas excepciones para el arresto domiciliario, dentro de los que no se encuentra el caso de la señora Lubrano, entiendo entonces que lo procedente es que el juez ordene su traslado a Najayo pura y simplemente. De lo contrario el espíritu de Temis estaría levantándose y llamaría a Nemesis,para que esta volcara su rabia de castigo, contra aquellos que con su accionar desean que la Justicia sea solo un sueño FUERA DE ESTE MUNDO

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